La indemnización por despido y cese en el trabajo exenta de IRPF se limita a 180.000 Euros
Desde el 29-11-2014 y para los despidos y ceses producidos desde el 1-8-2014 se establece que sólo estarán exentas de IRPF las indemnizaciones legales que no superen los 180.000 euros. Este límite no opera respecto de ERES aprobados antes del 1-8-2014 o despidos colectivos que hubieran comunicado la apertura del período de consultas a la autoridad laboral antes de dicha fecha.
Fecha publicación 03 Diciembre 2014
La Indemnizacion por fin de contrato no tributa ni cotiza
La Audiencia Nacional en Sentencia de 17 de julio de 2013 ha tumbado la interpretación que desde hace muchos años venía realizando tanto Agencia Tributaria como el Tribunal Económico-Administrativo Central sobre las indemnizaciones por finalización de contrato temporal (tanto de duración determinada como obra o servicio). Hacienda interpretaba que estas indemnizaciones (que no cotizan) sí debían tributar, quedando exentas solamente las de despido. Pues bien, la Audiencia Nacional, en una sentencia totalmente firme y que ya queda para la posteridad dice claramente que LAS INDEMNIZACIONES POR FIN CONTRATO NO ESTÁN SUJETAS A IRPF.
Fecha publicación 18 Diciembre 2014