Desde el 29-11-2014 y para los despidos y ceses producidos desde el 1-8-2014 se establece que sólo estarán exentas de IRPF las indemnizaciones legales que no superen los 180.000 euros. Este límite no opera respecto de ERES aprobados antes del 1-8-2014 o despidos colectivos que hubieran comunicado la apertura del período de consultas a la autoridad laboral antes de dicha fecha.
Fecha publicación 03 Diciembre 2014