Tarifas y precios
Introducción
No es demasiado habitual que en las web de abogados haya secciones muy extensas dedicadas al coste que puede conllevar cada procedimiento. Sin embargo, es una de las primeras preocupaciones que expresan los clientes lo cual resulta perfectamente comprensible.
Entiendo que es una cuestión fundamental y que en muchos casos les puede ayudar a decidirse a la hora de buscar asesoramiento sobre el problema en cuestión que les preocupa.
Es imposible hacer una recopilación exhaustiva, pero cubriré los procedimientos más comunes.
Generalidades. Presupuesto y Provisión.
Una vez determinado el alcance del procedimiento, si este va más allá de una consulta puntual, facilito un presupuesto detallado mediante un contrato de prestación de servicios profesionales.
En este documento se especifican:
- Las gestiones incluidas.
- El coste total previsto.
- La provisión de fondos, que habitualmente es el 50% del importe total.
Es habitual que en el momento de elaborar el presupuesto no se conozcan con exactitud todos los trámites que finalmente sean necesarios. Por tanto:
- El presupuesto se ajustará a las actuaciones efectivamente realizadas.
- Si el procedimiento se amplía o surgen nuevas actuaciones, el cliente será informado previamente y se modificará el contrato para reflejarlo.
- En ningún caso se cobrará por gestiones no realizadas.
Además, ofrezco la posibilidad de abonar los honorarios en plazos sin intereses, adaptándome a las necesidades de cada cliente.
Consulta Online.
La consulta online es completamente gratuita. Puede realizarla a través del formulario de contacto.
Éste tipo de consulta normalmente suele ser orientativa de cara a conocer si el asunto es susceptible de ser tratado jurídicamente o qué pasos se deben tomar y que consecuencias probables pueden tener.
Hay que tener en cuenta que en determinados casos la respuesta dada será suficiente para resolver la cuestión planteada, pero en muchos otros, la consulta de documentación hará imposible el ofrecer una respuesta concluyente.
En cualquier caso, lo que me han transmitido muchos clientes es que este canal de comunicación les ha sido de gran utilidad y es la razón por la que mantengo este servicio. Intento dar una respuesta a la mayor brevedad posible, procurando ofrecer una respuesta en los dos días laborables siguientes a que es formulada.
Consulta Presencial.
- Consulta presencial: 75 € (IVA incluido), salvo las consultas sobre Incapacidad Temporal/Permanente en las que se aplicará lo dispuesto en dicho apartado.
- Revisión de finiquitos: mínimo 150 € + IVA, ajustable en función de la complejidad del finiquito y el trabajo necesario para su análisis. En el caso de que, tras la revisión, el cliente decida reclamar judicial o extrajudicialmente el importe del finiquito, se facilitará un presupuesto para su reclamación, que en principio corresponderá al procedimiento de reclamación de cantidad.
Despido
- Conciliación administrativa (SAMA):
- Honorarios mínimos: 375 € + IVA.
- Si se alcanza un acuerdo con contenido económico, los honorarios serán o bien el 7% del importe obtenido + IVA, o el mínimo indicado (375 € + IVA), el que resulte superior, nunca ambos de forma acumulada.
- Juicio por despido o sanciones:
- Honorarios mínimos: 775 € + IVA.
- Si se obtiene una cantidad económica o se alcanza un acuerdo en sede judicial, se facturará o bien el 10% del resultado económico + IVA, o el mínimo indicado (775 € + IVA), el que resulte superior, nunca ambos de forma acumulada.
Reclamación de cantidad.
- Conciliación previa (UMAC): honorarios mínimos 375 € + IVA.
- Juicio: honorarios mínimos 775 € + IVA.
- En caso de obtenerse una cantidad económica, los honorarios serán el 7% del importe en conciliación o el 10% en juicio (más IVA), o el mínimo indicado en cada caso, el que resulte superior, nunca ambos conceptos a la vez.
Conciliación de vida laboral y familiar.
Procedimientos de solicitud de adaptación o reducción de jornada, excedencias u otros derechos relacionados:
- Conciliación administrativa: mínimo 375 € + IVA.
- Juicio: mínimo 775 € + IVA.
- En caso de acuerdo con contenido económico o derechos salariales reconocidos, se facturará el 7% en conciliación o el 10% en juicio (más IVA), o el mínimo indicado en cada caso, el que resulte superior, nunca ambos a la vez.
Incapacidad permanente: servicios y honorarios
Estudio inicial
Mínimo 330 € + IVA
Incluye dos consultas, revisión de la documentación médica, funcional, laboral y profesional, valoración jurídica inicial y entrega de una nota breve de conclusiones.
Seguimiento durante la baja
Mínimo 250 € + IVA
Podrá contratarse después del estudio inicial. Incluye hasta tres consultas durante un máximo de seis meses para analizar nuevos informes, pruebas, resoluciones o cuestiones relacionadas con la evolución médica o administrativa.
Las consultas deberán utilizarse dentro de ese plazo; las no utilizadas no son acumulables ni dan derecho a devolución.
Si, tras contratar el estudio inicial o el seguimiento, se reconoce una incapacidad permanente durante la vigencia del servicio contratado o dentro de los seis meses siguientes a su finalización, siempre que el reconocimiento se refiera sustancialmente a las patologías, limitaciones funcionales y profesión que fueron objeto del estudio y asesoramiento, se facturará un 4 % del importe bruto correspondiente a dos anualidades de la pensión reconocida, más IVA. Si se reconoce una prestación a tanto alzado, el porcentaje se calculará sobre el importe bruto total reconocido.
Consulta puntual
120 € con IVA incluido.
Cuando no se contrate el seguimiento, podrá realizarse una consulta puntual posterior al estudio inicial, de hasta sesenta minutos, para responder a una cuestión concreta y revisar la documentación razonablemente necesaria. Si posteriormente se plantean nuevas cuestiones o se aporta documentación que requiera otro análisis, será necesario contratar el servicio de seguimiento, el estudio inicial o la actuación que corresponda según el estado de la baja médica o del expediente de incapacidad permanente.
La consulta puntual tiene carácter exclusivamente consultivo y no incluye la preparación, revisión o presentación de escritos ni gestiones ante organismos, empresas o terceras personas.
Tramitación administrativa y judicial
| Actuación | Honorario fijo | Honorario variable, más IVA, si se reconoce la prestación |
|---|---|---|
| Solicitud administrativa | Desde 375 € + IVA | 5 % del importe bruto correspondiente a dos anualidades de la pensión o del importe bruto total reconocido en prestaciones a tanto alzado |
| Reclamación previa | Desde 375 € + IVA | 7 % del importe bruto correspondiente a dos anualidades de la pensión o del importe bruto total reconocido en prestaciones a tanto alzado |
| Demanda y asistencia a juicio | Desde 1.200 € + IVA | 10 % del importe bruto correspondiente a dos anualidades de la pensión o del importe bruto total reconocido en prestaciones a tanto alzado |
Cuando se obtenga un grado superior o una prestación de mayor cuantía, el porcentaje se calculará sobre la diferencia económica bruta obtenida durante dos anualidades.
Los porcentajes no son acumulativos: se aplicará exclusivamente el correspondiente a la fase en la que se obtenga el reconocimiento. Los honorarios fijos abonados por cada actuación no son reintegrables ni se descuentan del honorario variable, salvo pacto expreso por escrito.
Perito médico
Con frecuencia puede ser conveniente la intervención de una médica perito especialista en valoración del daño corporal.
- Sus servicios no están incluidos en los honorarios jurídicos del despacho.
- La perito facilita su propio presupuesto directamente a la persona interesada.
- La facturación se realiza directamente por la profesional.
- No se realiza ninguna actuación facturable sin aceptación previa.
Qué no está incluido
Los servicios de estudio, seguimiento y consulta tienen carácter exclusivamente consultivo. No incluyen escritos, formularios, alegaciones, solicitudes, reclamaciones, recursos, gestiones con el INSS, la Tesorería General de la Seguridad Social, mutuas, empresa u otras entidades, actuaciones laborales frente a la empresa ni servicios médicos o médico-periciales.
Los recursos, la ejecución de sentencias, los incidentes procesales, las nuevas vistas, los desplazamientos y los honorarios de otros profesionales requieren presupuesto independiente.
La contratación de cualquiera de estos servicios requiere la aceptación del presupuesto o la firma de la correspondiente hoja de encargo. La contratación no garantiza el reconocimiento de una incapacidad permanente, cuya decisión corresponde al organismo competente o, en su caso, a los órganos judiciales.
Procedimientos sobre tutela de derechos fundamentales
Conciliación administrativa (SAMA):
- Honorarios mínimos: 575 € + IVA.
- Si se alcanza un acuerdo con contenido económico, los honorarios serán o bien el 7% del importe obtenido + IVA, o el mínimo indicado (575 € + IVA), el que resulte superior, nunca ambos de forma acumulada.
Procedimiento Judicial:
- Honorarios mínimos: 1600 € + IVA.
- Si se alcanza una cantidad económica o se alcanza un acuerdo en sede judicial, se facturará o bien el 10% del resultado económico + IVA, o el mínimo indicado (1600 € + IVA), el que resulte superior, nunca ambos de forma acumulada.
Asesoramiento, Asistencia e intervención ante la Inspección de Trabajo
- Preparación y presentación de la denuncia: 375 € + IVA.
- Asistencia a actuaciones ante la Inspección de Trabajo o gestiones adicionales:
- Se valorarán en función del tiempo invertido y los desplazamientos requeridos, comunicándose siempre previamente el coste al cliente.
Tabla de contenidos